Última actualización 19/10/2011@08:58:01 GMT+1
Veintiún años es mucho tiempo. En muchos países, representa el paso de la edad infantil a la adulta. En el caso al que nos referimos, representa mucho más, el tiempo que ha pasado desde que la Comunidad de Madrid puso en marcha su Ley de Protección de Animales Domésticos, allá por 1990, hasta que ha redactado y aprobado unas reformas que intentan adaptar aquella normativa a la realidad actual que afecta a nuestras mascotas.
El pasado jueves 6 de octubre, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó la modificación de esta Ley, que prohibirá exhibir animales en escaparates como si fueran unos zapatos en rebajas o un traje de saldo. Además, sólo permitirá la venta de cachorros cuando éstos alcancen los dos meses de edad, y nunca antes. Este aspecto beneficiará tanto al perro como al nuevo dueño, pues el cachorro está junto a su madre y sus hermanos durante sus ocho primeras semanas de vida, cumpliendo una etapa de “imprinting” o impregnación de lo que le rodea desde que comienzan a funcionar sus sentidos, de la que ya nos habló Konrad Lorenz hace mucho tiempo (mucho más de veintiún años).
Del mismo modo, pasa a ser de leve a grave la infracción tipificada como no identificar a nuestros perros o gatos, como también ha sucedido con la infracción (ahora grave) de no proporcionar el tratamiento veterinario necesario a nuestras mascotas.
En cambio, aún estoy intentando casar una de las reformas que más me ha llamado la atención con el nombre de esta Ley de Protección de Animales Domésticos. Queda sancionado dar de comer a animales abandonados, con multas económicas de entre 300 y 1.500 euros. ¿Qué clase de protección le damos a un animal que, además de haber sido abandonado y encontrarse perdido, desorientado y aterrado, morirá inevitablemente de hambre en pocos días? ¿Se han tenido en cuenta a esos perros extraviados que vagan por las calles mientras sus dueños se desviven para intentar encontrarlos?
Muchas han sido las respuestas en pocos días, sobre todo de personas que se niegan a seguir esta prohibición simplemente porque piensan que llevar un poco de pienso a un perro que vaga por el barrio no sienten que estén rompiendo la ley, incluso los hay que asumirían las multas si les “pillan”. Los hay que ironizan con el tema, explicando que alimentan a los gatos del descampado como pago por haber acabado con las ratas que allí proliferaban y de las que el ayuntamiento nunca se preocupó a pesar de las muchas quejas vecinales.
La verdadera protección la encontraríamos con un servicio de recogida y atención de animales abandonados que cubra las necesidades que el problema plantea, no en prohibir actos humanitarios y de sensibilidad.